DERECHO ANTE LA SGI

En muchas localidades rurales del Perú el tiempo parece que se ha detenido. La realidad en cada localidad no ha variado en muchos años y la imagen que muestre una foto tomada el día de hoy no refleja cambios respecto de una foto tomada por Martin Chambi ([1][1]) en los años treinta del siglo pasado. No hay luz y si la hay, sólo por unas horas; no hay agua potable y los medios de comunicación, tales como la radio y la televisión sólo son aprovechados por algunos ciudadanos y con un limitado acceso tanto en el número de receptores como el número de canales o estaciones que se pueden recibir o programar. El teléfono, como medio de comunicación y elemento básico de las tecnologías de la información, es un aparato desconocido o poco conocido en estas localidades rurales.
En efecto, en el Perú, el acceso de los centros o poblados rurales al servicio telefónico – teléfono público – y aún más en el acceso a Internet se encuentra sumamente limitado.
Se puede constatar fácilmente la existencia de un déficit de infraestructura en las áreas rurales y los lugares de preferente interés social y la necesaria intervención no sólo del Estado sino del sector privado y los organismos no gubernamentales y de cooperación técnica.
2. Planteamiento del tema del trabajo
El presente trabajo tiene por objetivo presentar los alcances y las limitaciones que presenta el marco normativo peruano en cuanto a la regulación de las infraestructuras de la información en áreas rurales con la finalidad de lograr el Acceso Universal.
Para efectos del trabajo se parte de que la problemática del Acceso Universal no se encuentra restringida a las telecomunicaciones, como generalmente se ha tratado. Las telecomunicaciones en convergencia con la informática son elementos fundamentales de las Tecnologías de la Información y Comunicación dentro de la Sociedad Global de la Información([2][2]); y en ese sentido, el Acceso Universal debe asociarse a la necesidad de cada ciudadano de contar con Tecnologías de la Información y Comunicación a su alcance.
3. Acceso Universal a las Tecnologías de la Información y Comunicación
La problemática del Acceso Universal a las Tecnologías de la Información y Comunicación se encuentra asociada a las limitaciones existentes a la iniciativa privada y a la competencia en un entorno rural.

Debemos partir por reconocer que la competencia y la iniciativa privada no son suficientes para lograr el Acceso Universal, entendido como la expansión de los servicios de telecomunicaciones esenciales - incluido el acceso a Internet ([3][3]) - y el consecuente acceso a los mismos en todo el territorio nacional ([4][4]).

En efecto, los operadores en general para prestar sus servicios necesitan invertir en el desarrollo de sus propias redes e infraestructura en general, o en todo caso, tener recursos suficientes para compensar la utilización de las redes e infraestructuras de otros operadores. Es por ello que los operadores orientan sus inversiones a aquellos sectores en los cuales les resulte más conveniente - en términos económicos - prestar el servicio a los usuarios. Así, los operadores privilegiaran aquellas áreas urbanas que les resulten rentables, como las capitales de los principales departamentos del Perú.

Sin embargo, los ciudadanos de todas las localidades del territorio peruano tienen derecho a acceder a los servicios públicos de telecomunicaciones, sin importar que residan en localidades urbanas o rurales, o las condiciones económicas de estas localidades. Los ciudadanos no pueden ser excluidos de este proceso que lleva a la sociedad de la información ([5][5]).

En ese sentido, los mecanismos competitivos de mercado no proveen los incentivos suficientes para que las empresas operadoras privadas atiendan demandas de los usuarios en las zonas alejadas, tales como las zonas rurales, o en aquellas localidades donde existen altos niveles de pobreza, como las áreas de preferente interés social.

Como respuesta a esta situación, adquiere relevancia el concepto de acceso universal, antes citado. En otras palabras, que los ciudadanos accedan a los servicios de la sociedad de la información, en cualquier localidad del territorio nacional.

Si bien los obstáculos son significativos para alcanzar el Acceso Universal, en especial, en países con economías en desarrollo y con recursos limitados, se presentan distintas alternativas para acercarnos a este objetivo, desde la perspectiva del Estado.

Así, por un lado, se requiere que el Estado asuma una función subsidiaria utilizando mecanismos de intervención que permitan la asignación de los recursos existentes de forma absolutamente transparente([6][6]) y por otro lado, que se establezca un marco normativo adecuado para la regulación de las infraestructuras de la información en áreas rurales

4. Mecanismos de asignación de los recursos existentes

De forma previa al análisis de la regulación legal de las infraestructuras de la información en áreas rurales, resulta necesario presentar el modelo peruano de Acceso Universal, mediante el cual se financian las infraestructuras de la información, utilizando mecanismos de asignación de los recursos existentes.

La Ley de Telecomunicaciones ha creado un fondo especial denominado "Fondo de Inversión Privada en Telecomunicaciones - FITEL", el cual tiene por objeto exclusivo que sus recursos sean utilizados para el financiamiento de los servicios de telecomunicaciones en áreas rurales o en lugares de preferente interés social.

La Ley ha asignado la administración de este fondo especial al Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL - quien lo administra de forma autónoma a otras actividades que a éste le compete, como organismo regulador de las telecomunicaciones ([7][7]) ([8][8]).

Desde la perspectiva de la regulación de las telecomunicaciones por parte del OSIPTEL, podemos identificar experiencias de fomento del acceso universal en áreas rurales y de preferente interés social, del uso de las tecnologías de la información para la transparencia de la gestión pública y de la promoción de la competencia en el mercado para incrementar el acceso a las telecomunicaciones.

Para el período 1999-2003 se ha establecido como meta en los Lineamientos de Política de Apertura la instalación de teléfonos públicos en 5 000 localidades rurales que no cuentan con servicios de telecomunicaciones. Actualmente, FITEL desarrolla diversos Proyectos de Telecomunicaciones Rurales y Proyectos Pilotos de Telecomunicaciones, con la finalidad de cumplir esta meta, además de fomentar el acceso a Internet ([9][9]).

Cabe señalar además que OSIPTEL se encuentra estudiando y desarrollando nuevos proyectos con la finalidad de incrementar la penetración de teléfonos públicos comunitarios en el interior del país, la instalación de cabinas de acceso público a Internet en aquellas zonas en las cuales no hay acceso, proyectos pilotos de sistemas de información para el desarrollo rural y de desarrollo de sistema de comunicaciones para establecimientos rurales de salud.

En el diseño de los proyectos existe una participación activa del sector privado, público y de organizaciones sin fines de lucro. Cabe señalar que estos proyectos no se limitan al desarrollo y la expansión de la infraestructura de telecomunicaciones sino que incluyen además capacitación en el uso de estas tecnologías así como que éstas resulten de utilidad para los ciudadanos beneficiados.

5. Regulación de las infraestructuras de la información en áreas rurales

5.1. Regulación de las redes de los servicios de telecomunicaciones

Las redes de los servicios públicos de telecomunicaciones en el Perú se encuentran sujetas a regulación. Esta regulación se encuentra a cargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) y de OSIPTEL.

Se parte de la definición de servicio público de telecomunicaciones, como un servicio dirigido al público, sujeto al pago de una tarifa y con obligaciones de naturaleza pública, tales como la continuidad y regularidad del servicio, y de acceso universal.

Los servicios públicos de telecomunicaciones – como servicios de transporte de información – se han clasificado en servicios portadores, servicios finales, servicios de difusión y servicios de valor añadido.

Los servicios portadores son aquellos que proveen los medios de transporte y son el soporte de los demás servicios, por su ámbito pueden ser locales o de larga distancia (nacional e internacional). En tanto que los servicios finales, son aquellos que permiten la capacidad completa de comunicación entre los abonados y usuarios. Es el caso del servicio telefónico, fijo o móvil, del servicio de comunicaciones personales (PCS), del servicio de canales múltiples de selección automática (troncalizado), entre otros.

Los servicios de difusión son aquellos que permiten el transporte de las señales de un punto a distintos puntos, y es el caso típico del servicio de radiodifusión de televisión por cable. Los servicios de valor añadido, por su parte, son aquellos que soportándose en los otros servicios, proveen una funcionalidad o utilidad adicional.

Ahora bien, para prestar los servicios públicos de telecomunicaciones, en otras palabras, para acceder al mercado, se requiere obtener una concesión administrativa para el caso de los servicios portadores, finales y de difusión. En tanto que para el caso de los servicios de valor añadido, tan sólo es necesario, inscribirse en un registro especial.

El otorgamiento de las concesiones administrativas y la administración del registro de empresas de valor añadido es responsabilidad del MTC. OSIPTEL, por su parte, es responsable de la supervisión del mercado de los servicios públicos de telecomunicaciones. Para ello, cuenta con facultades normativas, regulatorias, de supervisión y fiscalización, y de solución de controversias, tanto entre las empresas operadoras y sus usuarios, como entre las mismas empresas operadoras([10][10]).

OSIPTEL, como ya se ha señalado, también es responsable de promover el Acceso Universal, a través del fondo especial FITEL.

Ahora bien, los servicios públicos de telecomunicaciones se prestan a través de las redes públicas de telecomunicaciones, las mismas que se soportan en una infraestructura específica.

Esta infraestructura de telecomunicaciones se constituye, en ese sentido, en una infraestructura de la información, en la medida que la misma sirve de soporte para el Acceso a Internet y al intercambio de datos – voz, audio, video – a altas velocidades.

5.2. Infraestructura de la Información en áreas rurales

Como se ha señalado anteriormente, las localidades rurales en el Perú cuentan con un acceso limitado a las Tecnologías de la Información, su acceso se limita al servicio telefónico en la modalidad de teléfonos públicos y a un nivel muy restringido del servicio telefónico en la modalidad de abonado y del Acceso a Internet.

En ese sentido, es necesario preguntarse, si adicionalmente a la existencia de mecanismos eficientes para el desarrollo de la infraestructura en áreas rurales (que se realiza a través del FITEL), el marco legal propicia un desarrollo de esta infraestructura en dichas áreas.

Se pueden identificar los siguientes objetivos que debe tener el marco legal para lograr un adecuado desarrollo de la infraestructura de la información en las áreas rurales, y acercarse al Acceso Universal a las Tecnologías de la Información










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